¿Quién Paga los Gastos Notariales en Colombia? Comprador vs Vendedor 2026
En una compraventa de inmueble en Colombia, los gastos notariales no los paga una sola parte. La distribución entre comprador y vendedor sigue reglas claras establecidas por la Superintendencia de Notariado y Registro y la práctica del mercado inmobiliario. Esta guía detalla quién asume qué en 2026, con las tarifas actualizadas.
¿Qué gastos paga el comprador en la escrituración?
El comprador asume la mayor parte del desembolso en la notaría. Los conceptos que le corresponden son:
- Derechos notariales: 0,27% del valor del inmueble (tarifa 2026 según Resolución 2026-000964-6)
- Impuesto de registro: ~0,67% del valor (varía por departamento)
- Beneficencia departamental: ~0,29% en Cundinamarca/Bogotá
- Recargo folio electrónico: 10% adicional sobre el impuesto de registro
- Certificado de Tradición y Libertad: $18.000 (predios hasta 150 anotaciones)
Total estimado comprador en Bogotá: ~1,94% del valor del inmueble.
¿Qué gastos paga el vendedor en la escrituración?
El vendedor paga menos en la notaría, pero su principal gasto es la retención en la fuente, que puede ser significativa en inmuebles de alto valor:
Mira también: Impuesto de Registro en Colombia 2026: Qué Es, Cuánto Es y Quién Lo Paga- Derechos notariales: 0,27% del valor del inmueble
- Retención en la fuente: 1% sobre el valor de venta (vivienda de habitación hasta $523.740.000) o 2,5% (excedente o persona jurídica)
Total estimado vendedor: ~1,27% del valor del inmueble (para persona natural con vivienda de habitación hasta $523.740.000).
Tabla completa: quién paga qué en la compraventa 2026
| Concepto | Comprador | Vendedor | Tarifa 2026 |
|---|---|---|---|
| Derechos notariales escritura | ✓ | ✓ | 0,27% cada uno |
| Impuesto de registro | ✓ | — | ~0,67% (Bogotá) |
| Beneficencia departamental | ✓ | — | ~0,29% (Cundinamarca) |
| Retención en la fuente | — | ✓ | 1% o 2,5% |
| Certificado de Tradición y Libertad | ✓ | — | $18.000 |
| Total estimado | ~1,94% | ~1,27% | — |
¿Cómo se reparten los gastos en ejemplos concretos?
Ejemplo para un apartamento de $250.000.000 en Bogotá, persona natural:
| Gasto | Comprador | Vendedor |
|---|---|---|
| Derechos notariales | $675.000 | $675.000 |
| Impuesto de registro + beneficencia | $4.175.000 | — |
| Retención en la fuente (1%) | — | $2.500.000 |
| Certificado T&L | $18.000 | — |
| Total | $4.868.000 | $3.175.000 |
¿Se pueden negociar los gastos notariales entre comprador y vendedor?
Sí. La ley no prohíbe que comprador y vendedor pacten una distribución diferente a la habitual. Lo que no se puede negociar son los montos: las tarifas notariales son reguladas y fijas para todos. Lo que sí es libre es acordar quién las paga.
Lo más frecuente en el mercado colombiano:
Mira también: Retención en la Fuente por Venta de Inmueble en Colombia 2026- Cada parte asume sus propios derechos notariales
- El comprador paga el impuesto de registro
- En vivienda nueva, el constructor a veces absorbe parte de los gastos como incentivo de venta
- En inmuebles comerciales, es más común negociar la distribución de costos
Cualquier acuerdo sobre quién paga qué debe quedar escrito en la promesa de compraventa para evitar disputas el día de la escrituración. Si la promesa no especifica nada, aplica la costumbre: cada parte paga lo que le corresponde según el uso habitual del mercado.
¿Quién paga los gastos si hay hipoteca?
Cuando el comprador financia con crédito hipotecario, se generan costos adicionales que no están en la tabla anterior:
- Constitución de hipoteca: derechos notariales adicionales del 0,27% sobre el capital del crédito — los paga el comprador/deudor
- Estudio de títulos: lo cobra el banco, lo paga el comprador
- Avalúo comercial: lo cobra el perito avaluador, lo paga el comprador
Si el vendedor tiene hipoteca sobre el inmueble, la cancelación de esa hipoteca genera gastos de escritura adicionales que normalmente asume el vendedor.
¿Quién paga los gastos en vivienda VIS?
En vivienda VIS (hasta $262.032.300 en 2026), la distribución es la misma, pero las tarifas son menores:
Mira también: Derechos Notariales en Colombia 2026: Tabla de Tarifas Actualizada- Derechos notariales: 1,5‰ por parte (en lugar de 2,7‰)
- Retención en la fuente: exenta para VIS nueva con calificación vigente
- Impuesto de registro: algunos departamentos aplican tarifa reducida para VIS
Para más detalle sobre los gastos notariales en vivienda VIS, incluyendo los descuentos por subsidio FONVIVIENDA, consulta la guía específica.
No. Los derechos notariales se dividen en partes iguales entre comprador y vendedor (0,27% cada uno). El comprador paga adicionalmente el impuesto de registro (~1,67% en Bogotá). El vendedor paga la retención en la fuente (1% para vivienda hasta $523.740.000).
El impuesto de registro lo paga el comprador al momento de inscribir la escritura pública en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP). La tarifa varía por departamento; en Bogotá/Cundinamarca es aproximadamente 0,67% más un 0,29% de beneficencia departamental.
Sí. El vendedor paga sus derechos notariales (0,27% del valor) y la retención en la fuente (1% si es vivienda de habitación y el precio no supera $523.740.000). En total, el vendedor desembolsa aproximadamente el 1,27% del valor del inmueble.
Sí, legalmente es posible que comprador y vendedor acuerden cualquier distribución de gastos. Sin embargo, la retención en la fuente siempre la practica la notaría sobre el vendedor, independientemente de lo pactado. Lo que sí se puede negociar es el precio neto para compensar cualquier acuerdo sobre gastos.





